MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y SUS INSTALACIONES

En el mantenimiento de edificios hay muchas variables que intervienen y es importante contemplar todas las posibilidades para acometer los problemas que existen.

Se estipula un “Libro del Edificio”, que es la documentación que entrega el promotor de viviendas nuevas a la comunidad de propietarios, que se debe crear cuando se entrega el primer piso vendido.

El Libro recogerá todas las actuaciones que se harán a lo largo de la vida del edificio, planificando costes de mantenimiento en el tiempo y así poder tener un control sobre el mantenimiento del mismo.

El promotor será responsable de las deficiencias para los acabados de terminación o acabado durante un año, para los defectos funcionales durante 3 años y para los defectos estructurales durante 10 años para lo cual cuenta también con un seguro decenal.

Para estas coberturas es muy importante mantener al día este documento para poder hacer frente a posibles reclamaciones.

Estamos ante un tema de prevención, si se realiza un mantenimiento adecuado, el cual repercutirá en el ahorro a largo plazo y no incurrir en costes derivados y causados por no llevar un control exhaustivo.

Aplus Constructores, coordinado con el responsable del inmueble, se encarga de programar en el tiempo qué actuaciones se han de hacer en el edificio y en sus instalaciones, cuáles son los trabajos a llevar a cabo en cada momento.

También le asesoramos cómo pagar menos de sus consumos y mantenimiento de sus instalaciones.

¿Quiere pagar menos por el consumo eléctrico de los elementos comunes de su edificio?

Es necesario realizar un estudio sobre las máquinas y equipos de las zonas comunes del edificio que consumen energía (ascensor, iluminación, etc.), con la finalidad de proponer alternativas para el ahorro de energía.

Además, analizando las ultimas facturas eléctricas, también podemos saber si se consume energía reactiva (la consumen los motores, las reactancias de los fluorescentes, los transformadores, etc.). También se presenta un cuadro comparativo de consumos entre la iluminación actual y con LED y, si es necesario, una propuesta para dejar de pagar el coste de la energía reactiva.

INSPECCIONES TÉCNICAS DE EDIFICIO (IEE)

La Ley 8/2013 establece la obligatoriedad de realizar un Informe de Evaluación de Edificios IEE, que complementa a la Inspección Técnica de Edificios (ITE)– a los propietarios de los de edificios de vivienda colectiva con una antigüedad superior a 50 años en el plazo máximo de cinco años desde la fecha en que alcancen dicha antigüedad, así como para los titulares de edificios que quieran acogerse a ayudas públicas con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.

Este informe acredita por tanto la situación en que se encuentran los edificios, al menos en su relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de los inmuebles.